CANAL DE DENUNCIAS
Plataforma con el fin de prevenir que se cometan delitos de la ley N° 20.393
INGRESAR UNA NUEVA DENUNCIA ANONIMA
PREGUNTAS FRECUENTES
El modelo de prevención de delitos es el conjunto de procedimientos y normas
internas a través de los cuales Martabid se organiza para dirigir y supervisar a
sus
integrantes a fin de prevenir que se cometan algunos de los delitos de la ley N°
20.393.
La ley N° 20.393 establece responsabilidad penal para las empresas en caso de
que
alguno de sus colaboradores cometa los delitos de cohecho, lavado de activos,
financiamiento del terrorismo, receptación, corrupción entre particulares,
negociación incompatible, administración desleal, apropiación indebida,
contaminación de aguas y otros delitos contenidos en la Ley General de Pesca y
Acuicultura, e inobservancia de medidas preventivas dispuestas por la autoridad
sanitaria.
Las empresas pueden evitar esta responsabilidad si cuentan con sistemas de
organización, administración y supervisión para prevenir tales delitos. Para
ello se
designa un encargado de prevención de delitos, se detectan y previenen los
riesgos,
se imponen obligaciones y sanciones, se contempla un canal y un sistema
Porque dentro de nuestra organización consideramos actuar siempre de manera
honesta
e íntegra y mantener buenas relaciones con las autoridades y los diversos
actores
con los que se pueda vincular nuestra Empresa, asegurando el cumplimiento
irrestricto de la normativa legal vigente, dentro de la cual en nuestro país se
encuentra la ley N° 20.393.
Martabid tiene interés en que no se comentan delitos, y sobre todo que ello no
ocurra por parte de sus colaboradores, quienes de forma alguna se encuentran
autorizados para cometer actividades ilícitas bajo ninguna condición, ni aun si
con
ello se pretendiera alcanzar beneficios para la empresa.
Es a la vez un derecho y un deber de todos los colaboradores de Martabid
informarse
sobre el modelo de prevención de delitos, capacitarse y consultar toda vez que
tengan dudas sobre las obligaciones que este impone.
Si el delito fue cometido en provecho o beneficio de Martabid y la empresa no ha
cumplido con el sistema de prevención, Martabid puede ser sancionada con:
- Multas que van desde las 400 a 300.000 Unidades Tributarias Mensuales.
- Pérdida de la posibilidad de recibir beneficios fiscales, como los del SENCE.
- Prohibición parcial o perpetua de celebrar contratos con el Estado
- Disolución de la empresa, esto es, que la empresa deba cerrar.
Soborno o cohecho es consiste en ofrecer o consentir en dar un beneficio
indebido
económico o de otra naturaleza (coima) a un funcionario público. A su vez,
comete el
delito de cohecho el funcionario público que solicita o acepta un beneficio
indebido.
No es necesario que el funcionario público acepte la coima, basta
En cualquier retribución a la cual el funcionario no tenga derecho, sea de
naturaleza económica o no:
- Económico: dinero, especies o cualquier otra cosa avaluable en dinero, etc.
- De otra naturaleza: favores políticos, sexuales, recomendaciones, etc.
Es el respaldo económico entregado a cualquier persona u organización que esté
comprometida o realice actividades de terrorismo.
Los colaboradores de Martabid jamás pueden incurrir en estas conductas ni aún si de esa forma creyesen que favorecen a la empresa.
Los colaboradores de Martabid jamás pueden incurrir en estas conductas ni aún si de esa forma creyesen que favorecen a la empresa.
Es la conversión de dinero o activos obtenidos de forma ilícita proveniente de
actividades como el narcotráfico y la corrupción, para darles apariencia de
legalidad o normalidad.
Los colaboradores de Martabid jamás pueden incurrir en estas conductas ni aún si de esa forma creyesen que favorecen a la empresa.
Los colaboradores de Martabid jamás pueden incurrir en estas conductas ni aún si de esa forma creyesen que favorecen a la empresa.
El delito de receptación tiene lugar cuando una persona tiene, transporta,
compra,
vende, transforma o comercializa especies previamente robadas, hurtadas o
apropiadas, siempre que haya conocido o no podido menos que conocer el origen de
tales bienes.
Los colaboradores de Martabid jamás pueden incurrir en estas conductas ni aún si de esa forma creyesen que favorecen a la empresa.
Los colaboradores de Martabid jamás pueden incurrir en estas conductas ni aún si de esa forma creyesen que favorecen a la empresa.
Este delito se comete cuando un empleado o mandatario solicita, acepta recibir u
ofrece un beneficio económico o de otra naturaleza (coima), para favorecer o por
haber favorecido en el ejercicio de sus labores la contratación de un oferente
sobre
otro.
Este delito sólo puede ser cometido por directores, gerentes y ejecutivos
principales de sociedades anónimas y SpA, cuando alguno de estos se involucra en
una
negociación, actuación, contrato, operación o gestión en que tenga interés
personal,
familiar o comercial, o permite que tomen interés personas con quienes se
encuentran
relacionados por familia o negocios.
Este delito se comete al apropiarse, de valores o bienes muebles, como
vehículos,
impresoras, dispensadores de agua, etc., recibidos en depósito, comisión o
administración, o por otro título que produzca obligación de entregarlos o
devolverlos.
Este delito es cometido cuando uno está a cargo de la administración de los
bienes
(patrimonio) de otra persona, y le causa un perjuicio a propósito.
Introducir sin autorización, incluso por mera imprudencia o negligencia, en el
mar,
ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de agua agentes contaminantes químicos,
biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos.
Este delito lo comete quien, teniendo autoridad para disponer el trabajo de un
subordinado, le ordene concurrir al lugar de trabajo cuando la empresa no sea
catalogada como servicio esencial, o el trabajador se encontrase en cuarentena
obligatoria por disposiciones sanitarias.
Debo dar cuenta a mi jefatura directa o bien comunicar estas situaciones al
encargado de prevención de delitos.
Corresponde al abogado de la empresa, don Francisco Calderón Barbas, quien es el
principal responsable de que el modelo de prevención de delitos funcione
efectivamente en Martabid.
Se puede concurrir directamente ante él utilizando el canal de denuncias
establecido
por la empresa para estos efectos, la que deberá canalizarse directamente al
correo
electrónico denuncias@martabid.com.
En caso de que un colaborador no cumpla con sus obligaciones de vigilancia,
denuncia, capacitación o cualquiera otra establecida en el modelo de prevención
de
delitos, puede ser sancionado con:
- Amonestación verbal por parte del superior jerárquico.
- Amonestación escrita con notificación a gerencia.
- Desvinculación de la empresa en caso de faltas graves o reiteradas.